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Registros Provinciales

Sirve para dar seguridad al tráfico mercantil publicando los datos jurídicos y económicos de las sociedades y demás personas que se inscriben en el mismo y quiénes son sus representantes.

Los empresarios individuales, las sociedades mercantiles y demás sujetos que actúan en el tráfico mercantil. Asimismo se inscriben los actos y acuerdos de dichas personas relativas a su organización y funcionamiento.

Con carácter general se inscriben los documentos públicos y, en los casos previstos, los documentos privados.

Los Registros Mercantiles están establecidos en todas las capitales de provincia y la competencia de cada Registro se extiende al territorio de la provincia correspondiente. Además, hay Registros Mercantiles en Ceuta, Melilla, Ibiza, Mahón, Puerto de Arrecife, Puerto del Rosario, Santa Cruz de la Palma, San Sebastián de la Gomera y Valverde, con su competencia territorial correspondiente. En el mapa interactivo que aparece dentro del menú Registro de la Propiedad, también encontrará los Registros Mercantiles de toda España.

Sí, salvo los casos en que expresamente se disponga lo contrario.

Es público pudiendo ser consultado por cualquiera.

Hay dos medios: las notas simples y la certificación. La primera tiene valor meramente informativo. La certificación es el único medio de acreditar fielmente el contenido del Registro Mercantil y va firmada por el Registrador.

No hay una cantidad fija. Se cobra en base a unas tarifas aprobadas por el Gobierno que se publican en el B.O.E.

Tiene como función el depósito de cuentas anuales, la legalización de libros de los empresarios y el nombramiento de expertos auditores independientes.

Registro Central

La organización del Registro Mercantil está integrada por los Registros Mercantiles Territoriales y por el Registro Mercantil Central. Sus tres funciones básicas, de acuerdo con lo previsto en el art.379 RRM, son las siguientes:

-La ordenación, tratamiento y publicidad meramente informativa de los datos que reciba de los Registros Mercantiles.

-El archivo y publicidad de las denominaciones de sociedades y entidades jurídicas.

-La publicación del Boletín Oficial del Registro Mercantil.

La sección de Actos Sociales Inscritos del Registro Mercantil Central comprende la información mercantil suministrada por los Registros Mercantiles Provinciales desde el 1 de enero de 1.990, debidamente ordenada, depurada y procesada, de acuerdo con el artículo 379 del vigente Reglamento del Registro Mercantil. La publicidad formal suministrada por el Registro Mercantil Central tiene carácter meramente informativo. Para obtener certificación o nota simple del contenido total de los asientos registrales, deberá remitirse una solicitud al Registro Mercantil Provincial correspondiente.

Se pueden consultar los datos siguientes: Datos generales de la sociedad (denominación, datos registrales (Registro, tomo, folio, domicilio, capital, objeto social en extracto), órganos sociales (apoderados, administradores), depósitos de proyectos de fusión y escisión, situaciones concursales, disolución y extinción, dominios y extracto de publicaciones del BORME .

Se pueden consultar los datos siguientes: Datos generales de la sociedad (denominación, datos registrales -Registro, tomo, folio..- domicilio, capital, objeto social), órganos sociales (apoderados, administradores), insolvencias (quiebra y suspensión de pagos), adaptación a la nueva ley, disolución y cancelación.

Modo de efectuar la consulta: directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, por correo, mensajería, fax o por medios telemáticos.

a) Nota simple

Como paso previo para la constitución y posterior inscripción en el Registro Mercantil correspondiente de una sociedad mercantil, es conveninente comprobar que la denominación social elegida para la misma, no coincida con la de otra sociedad. Esta consulta previa se realiza a efectos meramente informativos y no condiciona la posterior calificación que el Registrador Mercantil Central efectúe al presentar la solicitud de certificación correspondiente.

Modo de consulta: Se puede efectuar la consulta directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, por correo, mensajería o por medios telemáticos (www.rmc.es)

 

b) Solicitud de certificación

Es un certificado de no coincidencia de denominación. El plazo de reserva de la denominación es de seis meses, desde la fecha de su expedición.

Modo de solicitarla: Al igual que la nota simple de denominaciones, la certificación puede solicitarse directamente en la sede del Registro Mercantil Central, por correo, mensajería o medios telemáticos (www.rmc.es).

Actualmente, el acceso por medios telemáticos se puede efectuar a través de Internet.

Si se desea información complementaria, así como la suscripción al servicio, puede consultarse la página web del Registro Mercantil Central, en la dirección www.rmc.es o ponerse en contacto telefónico con el número 902 88 44 42 , preguntando por el jefe de departamento de información mercantil. Se facilitará una clave de acceso, previa formalización de un convenio con el Registro Mercantil Central.